El Ministerio de Agricultura publicó la resolución que establece el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en esa provincia hasta el 1° de julio.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación declaró este viernes el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en Corrientes, a raíz de la situación crítica de incendios y sequía, que ya perjudica a más de 700.000 hectáreas de esa provincia.
Se trata de la homologación a nivel nacional del decreto N° 200 que emitió el gobierno correntino el 7 de febrero pasado y en el que se declaró el estado de emergencia en esa jurisdicción desde el 1° de enero hasta el 1° de julio próximo.
El clima 2021: 9 de los 12 meses, con temperaturas más elevadas que el promedio
A pesar de que no es de los años más cálidos del registro histórico, estará entre los primeros puestos del ranking. La zona más golpeada por la falta de lluvias fue la Patagonia.
Ese plazo fue avalado por el Gobierno argentino y podría ser prorrogado en función de las condiciones climáticas que se manifiesten en los próximos meses, y que podrían agravar las elevadas pérdidas productivas y económicas que están sufriendo los productores correntinos.
Medidas por la emergencia
“A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo”, precisó la cartera agropecuaria.
Y completó: “El Gobierno Provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente”
Asimismo, la resolución menciona que las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Afip arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509.